El Concejo de la Muncipalidad de El Agustino a propuesta de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria ha establecido un beneficio tributario y no tributario que se plasma en la Ordenanza Nº 426-MDEA, cuyo alcance son las deudas tributaria del 2009 y años anteriores, por impuesto predial, multas tributarias, multas administrativas, arbitrios de limpieza pública, parques y jardines, serenazgo y cualquier otra deuda fraccionada.
En primer lugar se condona el 100% de los intereses (incluye deudas en cobranza coactiva), los descuentos mayores se dan en la deuda insoluta (original) de los arbitrios municipales bajo el siguiente cuadro:
| Año | Beneficio en % |
|---|---|
| 2008 | 10 |
| 2007 | 15 |
| 2006 | 20 |
| 2005 | 30 |
| 2004 | 35 |
| 2003 | 40 |
| 2002 | 50 |
En cuanto a las Multas Administrativas se rebajan en 50% las multas impuestas en el año 2009 y 90% a las de los años anteriores siempre que no excedan a las 2 UIT del año en que se aplicó la multa.