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Beneficio Tributario y no tributario en el distrito de El Agustino

El Concejo de la Muncipalidad de El Agustino a propuesta de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria ha establecido un beneficio tributario y no tributario que se plasma en la Ordenanza Nº 426-MDEA, cuyo alcance son las deudas tributaria del 2009 y años anteriores, por impuesto predial, multas tributarias, multas administrativas, arbitrios de limpieza pública, parques y jardines, serenazgo y cualquier otra deuda fraccionada.

En primer lugar se condona el 100% de los intereses (incluye deudas en cobranza coactiva), los descuentos mayores se dan en la deuda insoluta (original) de los arbitrios municipales bajo el  siguiente cuadro: 

AñoBeneficio en %
200810
200715
200620
200530
200435
200340
200250

 

En cuanto a las Multas Administrativas se rebajan en 50% las multas impuestas en el año 2009 y 90% a las de los años anteriores siempre que no excedan a las 2 UIT del año en que se aplicó la multa.

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